El Decreto Real 993/2022, el cual establece medidas de control para la importación de dispositivos eléctricos y electrónicos (AEE) provenientes de países terceros, implementa un proceso de control previo a la importación de dichos dispositivos, así como pilas, acumuladores y baterías.
El objetivo es verificar que cumplan con las normas que limitan el uso de sustancias peligrosas en su fabricación, así como los requisitos relacionados con el reciclaje, eliminación de residuos y la protección del medio ambiente y la salud.
El despacho de importación solo se realizará si se ha superado el control ROHS y RAEE del Servicio de Inspección SOIVRE, el cual se vuelve obligatorio a partir del 16 de enero de 2023.
Para superar este control, el fabricante o importador debe estar registrado en el Registro Integrado Industrial (RII) y adjuntar la Declaración de conformidad, el Informe de ensayo de producto final o las Certificaciones de producción de terceros.
La solicitud del control se puede realizar a través de un nuevo sistema telemático denominado Punto Único de Entrada (PUE) dentro de la Ventanilla Única Aduanera. También se pueden utilizar formularios proporcionados por la AEAT para enviar la información al PUE.
Para obtener la autorización en el despacho de importación, se debe solicitar un certificado que acredite haber pasado la inspección. Este certificado se puede emitir tanto para una pre-declaración aduanera (PDI, PDC) como para una declaración aduanera (DUA, DVD).
La AEAT ha publicado la Nota Informativa NI GA 21/2022, la cual proporciona información relevante sobre el control ROHS/RAEE y los aspectos que deben tenerse en cuenta.
Es importante estar al tanto de estos requisitos y procedimientos para cumplir con las regulaciones y facilitar la importación de los productos eléctricos y electrónicos.